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Impuestos

¿Qué ITP se paga en Madrid? Todo lo que debes saber〖2026〗

Jordi Sánchez
27 de noviembre de 2025
10 min de lectura
3159 visualizaciones

Resumen del artículo

El ITP en Madrid en 2026 tiene un tipo general del 6 por ciento, aplicable a la compra de viviendas de segunda mano y otros derechos reales. Es un impuesto autonómico que debes pagar dentro de los 30 días hábiles desde la firma ante notario mediante el modelo 600, por lo que conviene calcularlo bien para evitar imprevistos en el presupuesto total de la operación. Además, Madrid ofrece ventajas fiscales importantes, como reducciones y bonificaciones vinculadas a la compra de vivienda habitual, que pueden rebajar considerablemente el coste final del impuesto.

Las mayores bonificaciones del ITP en Madrid están dirigidas a jóvenes y familias numerosas. Los menores de 35 años pueden acceder a un tipo reducido si compran su primera vivienda habitual de hasta 120 metros cuadrados, mientras que las familias numerosas pueden aplicar un tipo del 4 por ciento siempre que el inmueble sea su residencia habitual y cumplan requisitos como la venta previa de su vivienda habitual en un plazo determinado. Con estas medidas, Madrid se posiciona como una de las comunidades más ventajosas para comprar vivienda. En GoHipoteca te ayudamos a comprobar si puedes acceder a estas bonificaciones y a conseguir la mejor financiación para tu compra.

Índice del artículo

    Entender el ITP es crucial porque representa una parte significativa de los gastos adicionales al precio de la vivienda. A menudo, este impuesto puede ser un factor determinante en tu presupuesto total para la compra de una propiedad. Es un coste adicional que se suma al precio acordado con el vendedor, y su cálculo se basa en dicho precio de venta. Te contamos lo que debes saber sobre el ITP en Madrid ¡Sigue leyendo!

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    ¿Qué es el ITP?

    El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un impuesto que se aplica en España, especialmente notable en la compra de viviendas de segunda mano
    Diferenciándolo de otros gastos como el IVA, aplicable en viviendas nuevas, el ITP es un impuesto autonómico, lo que implica que su porcentaje varía en función de la comunidad autónoma donde se realice la transacción. 

    En el caso de la Comunidad de Madrid, el ITP en Madrid presenta particularidades específicas, como la bonificación del ITP en Madrid de vivienda habitual y condiciones para familias numerosas, que resultan de interés para quienes buscan adquirir propiedades en esta zona.

    ¿Qué ITP se paga en Madrid?

    En la Comunidad de Madrid, para el año 2026, el tipo general del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la transmisión de inmuebles y la constitución y cesión de derechos reales sobre estos es del 6%.

    Este porcentaje es un factor clave al considerar el cálculo del impuesto de transmisiones patrimoniales en Madrid, especialmente para quienes están evaluando los impuestos en la compra de vivienda.

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    ¿Hay bonificación en el ITP de Madrid para jóvenes?

    En Madrid, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) ofrece una bonificación del ITP en vivienda habitual y facilidades de pago, que incluyen la posibilidad de dividir el importe en tres anualidades. 

    Para acceder a esta bonificación, especialmente relevante para jóvenes y menores de 35 años, el inmueble adquirido debe ser la primera viviendano superar los 120 metros cuadrados.

    Además, para las familias numerosas, se ofrece una bonificación adicional del 4% en el ITP de Madrid, siempre que la propiedad adquirida se destine a ser la vivienda habitual

    Esta es una consideración importante para quienes buscan comprar vivienda en Madrid, enfatizando en el ITP reducido sobre la vivienda habitual y las bonificaciones del impuesto de transmisiones patrimoniales en casos específicos.

    ¿Cuándo se paga el ITP en Madrid?

    El pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Madrid se realiza dentro de un marco temporal específico. Tras formalizar un acto o contrato, como la compra de una vivienda de segunda mano en Madrid, tienes un periodo de 30 días hábiles para realizar el pago del ITP.

    Este plazo se cuenta desde la fecha en la que se firma la escritura o el documento relacionado.

    El cumplimiento puntual de este requisito es un paso importante en el proceso de adquisición de una propiedad, especialmente cuando se trata de los impuestos en la compra de una vivienda de segunda mano en Madrid. Además, es importante recordar la necesidad de presentar el Modelo 600 en Madrid como parte del procedimiento.

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    ¿Cómo pagar el ITP en Madrid en la compra de vivienda?

    Para pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Madrid al adquirir una vivienda, sigue estos pasos:

    1. Determina el Importe del Impuesto: Calcula el 6% del valor de la vivienda que estás adquiriendo. Este será el importe del ITP que deberás abonar, una parte fundamental de los impuestos en la compra de vivienda en Madrid.

    2. Completa el Modelo 600: Rellena el Modelo 600 ITP Madrid, el formulario oficial para autoliquidar el ITP. Este paso es crucial para el pago del ITP en Madrid y puedes hacerlo tanto en línea como de forma presencial.

    3. Presenta la Documentación: Junto con el Modelo 600, es necesario presentar la documentación correspondiente, como la escritura de compraventa, demostrando el calculo del ITP en Madrid realizado.

    4. Realiza el Pago: Efectúa el pago del impuesto utilizando el Modelo 600. Este paso es clave en el proceso de liquidar el ITP en Madrid, y puede realizarse en línea, en bancos autorizados, o en oficinas de la Comunidad de Madrid.

    5. Confirma la Presentación y Pago: Una vez realizado el pago, asegúrate de recibir una confirmación o recibo que acredite que has cumplido con este trámite, completando así el proceso de liquidación del ITP Madrid.

    ¿Cuánto paga de ITP en Madrid una familia numerosa?

    En Madrid, las familias numerosas pueden beneficiarse de significativas ventajas fiscales en la adquisición de viviendas, especialmente en lo que respecta al ITP para familias numerosas en Madrid. Una de estas ventajas es la aplicación de un tipo impositivo reducido del 4% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos específicos.

    Para acceder a este tipo impositivo reducido del ITP, es necesario cumplir simultáneamente con los siguientes requisitos:

    Ser titular de una familia numerosa

    El sujeto pasivo, es decir, la persona que adquiere la vivienda, debe ser titular de una familia numerosa, según la definición de la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas.

    El inmueble debe ser la vivienda habitual de la familia numerosa

    La propiedad adquirida debe ser destinada a ser la residencia habitual de la familia numerosa.

    Venta de la vivienda habitual anterior

    Si la familia numerosa ya posee una vivienda habitual, esta debe ser vendida en un plazo de dos años antes o después de la adquisición de la nueva vivienda habitual. Este requisito no aplica si se adquiere un inmueble contiguo para unirlo a la vivienda habitual existente.

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    ¿Quién está exento de pagar el ITP en Madrid?

    En Madrid, al igual que en otras comunidades autónomas de España, existen ciertas situaciones y transacciones que están exentas del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

    1. Herencias y donaciones entre familiares: En general, las transmisiones patrimoniales que se producen como resultado de una herencia o donación entre familiares cercanos, como padres e hijos o cónyuges, suelen estar exentas del ITP.

    2. Compra de viviendas protegidas: En el caso de la compra de viviendas protegidas o de protección oficial, se aplican tipos impositivos reducidos o incluso se otorgan exenciones totales del ITP.

    3. Transmisiones de empresas familiares: En situaciones en las que se transmiten empresas familiares de una generación a otra, puede haber exenciones o reducciones en el ITP.

    4. Venta de viviendas de protección oficial usadas: En algunas circunstancias, la venta de viviendas de protección oficial usadas también puede estar exenta o sujetas a tipos impositivos reducidos.

    5. Transmisiones entre entidades sin fines lucrativos: Las transmisiones de bienes entre entidades sin fines lucrativos pueden estar exentas del ITP en ciertos casos.

    6. Transmisiones relacionadas con la dación en pago: En situaciones en las que se produce una dación en pago de una hipoteca, es posible que no se aplique el ITP.

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